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En 2015 se podrá ir a 130 km/h en algunas autopistas españolas

Fotos: huffingtonpost.es
Así lo ha señalado el Ministro del Interior durante el último Pleno del Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible. Además de los cambios en las autopistas, también se producirán modificaciones en las carreteras convencionales y las ciudades.

Cuando llegamos a los últimos días del viejo año para dar paso al nuevo, siempre solemos acudir a la frase “Año nuevo, vida nueva”. Esa máxima parece que también se aplicará en el marco de la seguridad vial de cara a 2015, donde habrá cambios en los límites de velocidad de las carreteras españolas, según apuntó el Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, durante el Pleno del Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

Este nuevo paquete de reformas entrarán en vigor el año que viene, y se incorporarán al Reglamento General de Circulación, cuya última versión entró en vigor en mayo de este año. Dichos cambios afectarán tanto a autopistas, carreteras convencionales, y calzadas que discurran por ciudades, aunque con modificaciones completamente diferentes.

En el caso de las autopistas, la principal novedad está en que en algunos tramos podrán circular turismos y motos de dos o tres ruedas a 130 km/h, respondiendo así a una de las principales demandas que reclamaban los conductores españoles. Sin embargo, sólo se podrá circular a esta velocidad cuando se indique en los paneles informativos, y en lugares que presenten índices de seguridad, buenas condiciones de trazado y meteorológicas, que estén debidamente contrastados.

Por otro lado, también en las autopistas, aquellos autobuses que lleven pasajeros de pie, o no dispongan de cinturones de seguridad en sus asientos, no podrán superar los 80 kilómetros por hora.

Las carreteras convencionales, por su parte, son el tipo de carretera que más cambios presenta, al ser las que presentan una mayor concentración de accidentes, aunque con una tónica dominante, la del descenso del límite de velocidad. Este se reduce de 100 a 90 km/h en aquellas carreteras que tengan un ancho de 6,5 metros, una medida que sustituye a la anterior, la de 1,5 metros de anchura de arcén.

Del mismo modo, en las calzadas de ancho inferior a los 6,5 metros, el límite se reduce de 90 a 70 km/h, y siempre que existan marcas de separación entre ambos sentidos. Si no existen líneas discontinuas entre ambos carriles, el límite desciende hasta los 50 km/h.

Por último, en ciudad se mantienen los 50 km/h para las calzadas que dispongan de más de un carril para cada sentido, cosa que no ocurre con las carreteras de un único carril, donde el límite baja a 30 km/h, mientras que en las vías urbanas con plataforma conjunta de carretera y acerca será de 20 km/h.

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