Cada año se ponen más de 100.000 multas por conducir sin carnet
Suponen el 2,6% de todas las infracciones

Para poder circular con un vehículo hay varios requisitos que son imprescindibles. Unas atañen al propio vehículo (seguro, permiso de circulación, ficha técnica con sus ITV pasadas si corresponde, impuesto municipal…). Pero para el conductor solamente hace falta una cosa: tener el permiso de conducir.
Algo tan sencillo resulta que no lo es para nada, al menos así lo refleja el informe que hemos conocido a través de la Formaster, Asociación Profesional de Empresas Formadoras en Logística, Transporte y Seguridad Vial; que recoge que cada año el 2,6% de las infracciones relativas al tráfico en nuestro país se debe a que los conductores lo hacen sin el carnet correspondiente. Esto implica que la media, recogida en los últimos seis años, es de 103.000 multas.
Un dato que sin lugar a dudas es realmente preocupante para todos los usuarios legales de la vía, que somos los que finalmente nos podemos ver afectados por este tipo de conductas. Hay que matizar, eso sí, que conducir sin el carnet no quiere decir que no se tenga el permiso encima, sino que o bien no se ha sacado, ha caducado y no se ha renovado o se está conduciendo sin puntos. También es importante saber que, por ejemplo, conducir una moto del A con el permiso A2 pasaría a contar como la misma infracción al no tener el permiso que autoriza a conducir el vehículo.

En cuanto a quien lo hace, ha de saber que conducir sin carné está tipificado como delito o como infracción según la gravedad. Delito es cuando se conduce sin el permiso por la pérdida total de puntos, por no haberlo obtenido nunca, o por decisión judicial y en ese caso las penas pueden llegar a ser hasta de prisión (6 meses), multas económicas o trabajos para la comunidad, todo dependerá también de posibles agravantes como el alcohol, las drogas, conducción temeraria, reincidencia, antecedentes penales…
La infracción es considerada cuando el conductor lo hace con el permiso caducado, se conduce un vehículo de otra categoría o no se tiene un permiso homologado para España. En este caso la sanción económica varía de los 90 a los 200 euros y se restan 4 puntos al permiso.