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Las motos viejas no tendrán limitaciones para aparcar en 2020

Madrid prohibe aparcar coches sin etiqueta, pero no a motos
A partir del 1 de enero de 2020 los coches sin etiqueta medioambiental de la DGT no podrán aparcar en las zonas SER de Madrid. Pero las motos (y triciclos) sin pegatina están extentos de esta prohibición.

Los conductores de Madrid andan revolucionados estos días: los que tienen coches sin pegatina medioambiental de la DGT, es decir los de gasolina anteriores al año 2000 o diésel anteriores a 2006, no van a poder aparcar en el interior de la ciudad (zonas SER) a partir del 1 de enero de 2020. Apenas hay excepciones y no se podrán recibir “invitaciones” como ocurría ahora en Madrid Central. Esto afecta, según el Ayuntamiento, a más de 40.000 propietarios de coches de Madrid, aparte de los que vengan de visita a la capital, claro. 

La buena noticia es que las motos (además de ciclomotores y vehículos de tres ruedas) estamos extentos de esta nueva limitación. Las motos “sin pegatina” (anteriores a 2004) podrán seguir circulando y aparcando por Madrid. Todavía se mantiene la limitación de circulación en la zona de Madrid Central, para esas motos sin pegatina, por lo menos hasta que se desarrolle y apruebe la nueva norma propuesta por el nuevo Gobierno (el “Madrid 360”) y entonces veremos cómo afecta a nuestra movilidad en moto todo esto. 

Entre las excepciones que hay a esta nueva limitación, por cierto, está que los propietarios de coches sin pegatina sí podrán aparcar en la zona donde estén empadronados… pero solamente allí. Y hasta el 31 de diciembre de 2024: en 2025 no podrán ni siquiera tener el coche aparcado en la puerta de su casa. Las multas por no cumplir con esto son de 90 euros. En Madrid ya ha empezado la campaña informativa para que quienes usan coches de los menos modernos sepan a qué atenerse a la hora de aparcar… Recordemos por cierto que en Barcelona las motos no están extentas de las limitaciones de tráfico y aparcamiento que entran en vigor en 2020.

Aquí tienes el texto íntegro de la Ordenanza de Madrid respecto a este tema: En aplicación del Plan de Calidad de Aire de la ciudad de Madrid y Cambio Climático (PLAN A), a partir del año 2020 los vehículos sin distintivo ambiental de la DGT no podrán hacer uso de las plazas del ámbito de las Zonas de Aparcamiento Vecinal, excepto los residentes en su propio barrio. Esta limitación se aplicará a partir de 2022 a los vehículos que dispongan de la autorización de colectivos cualificados de titulares de vehículos comerciales e industriales, y a partir de 2025 a los vehículos auxiliares de apoyo a la operación de autobuses de EMT, estableciéndose excepciones para vehículos 2,3 ruedas, Personas con Movilidad Reducida (PMR) y emergencias.

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