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Nueva Ley de Seguridad Vial: 130 km/h de máxima y duras sanciones por drogas

Fotos: SMN
La Nueva Ley de Seguridad Vial está casi lista, los puntos más importantes son el endurecimiento de las sanciones para quienes conduzcan bajo los efectos de las drogas y el aumento a 130 km/h de la velocidad máxima en en determinados tramos.

Son algunas de las medidas del anteproyecto de Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Entre otras modificaciones, recoge el aumento de velocidad a 130 kilómetros por hora, la prohibición de llevar detectores de radar. La nueva norma endurecerá las sanciones por ingesta de drogas con multas de mil euros y eliminará los resquicios de la norma vigente, que condenaba su influencia pero no su presencia en el organismo. Los miembros del Consejo Superior de Seguridad Vial tienen hasta el próximo viernes para presentar modificaciones, antes de que llegue al Consejo de Ministros.

Las novedades de la Ley son las siguientes:

  • Drogas. La nueva ley castigará “la mera presencia de drogas en el organismo del conductor” por la vía administrativa, con una multa de mil euros y la detracción de seis puntos del carné de conducir. En la norma anterior era necesario demostrar la influencia de las drogas en la conducción para imponer la multa, que era de 500 euros, y restar los puntos. Sin embargo, a diferencia del alcohol, respecto al cual el nivel máximo permitido es claro, en las drogas no existen estudios precisos ni consenso científico para determinar qué nivel de cada tipo de droga afecta al automovilista. La nueva ley lo resuelve sancionando el más mínimo rastro de haber ingerido drogas.

La futura ley de Seguridad Vial explicita, además, la forma de verificar la ingesta de drogas: “Una prueba salival mediante un dispositivo autorizado” y un “posterior análisis” de la muestra. Por “razones justificadas que impidan realizar la prueba”, se podrá ordenar un reconocimiento médico o análisis clínicos en un centro. Además, el interesado podrá exigir un análisis de contraste, preferentemente de sangre, que deberá abonar si el resultado es positivo.

  • Alcohol. Aumenta la multa de 500 a 1.000 euros por conducir con tasas de alcohol superiores a lo permitido —0,25 miligramos por litro de aire espirado, y 0,15 para conductores noveles y profesionales—. Según el anteproyecto de ley, tanto las drogas como el alcohol “están detrás de un porcentaje muy importante de accidentes graves y por ello es necesario aumentar el reproche hacia ese tipo de conductas”.
  • Velocidad. El anteproyecto de la ley de seguridad vial contempla el aumento de la velocidad a 130 kilómetros porque incluye un cuadro de velocidades que recoge la sanción económica y la detracción de puntos que supondrá superar este límite. Por ejemplo, circular entre 131 y 160 por hora en una vía limitada a 130 conllevará una multa de 100 euros y no restará puntos. La ley no hará diferencia a la hora de sancionar a quienes circulan a más de 190 kilómetros por hora en vías limitadas a 120 y 130. En ambos casos, la multa es de 600 euros y se perderán seis puntos de carné.

Lo que no especifica la futura norma son las vías por las que se podrá circular a 130 por hora. Será el Reglamento General de Circulación, que se modificará una vez aprobada la ley, el que lo aclare. Seguí ya adelantó que la velocidad a 130 solo se aplicará en tramos con índices contrastados de seguridad y con buenas condiciones de trazado, pavimentación y meteorológicas.

La ley incorpora, asimismo, una nueva franja de velocidad, la de 20 kilómetros por hora, prevista para algunas calles con un solo carril. Ahora no existen sanciones para quienes circulan por encima de 21 kilómetros por hora en calles limitadas a esta velocidad: el primer tramo de multa comienza a partir de 31 por hora.

Nuevo esquema de sanciones por tramos de velocidad.DGT publica en su web.

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