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Nuevas normas de la DGT para patinetes: hasta 1.000 euros de multa

Recuerda que quien vaya en patinete es "conductor" y responde como tal
Fotos: SMN
A falta de que se termine la legislación, todavía en trámites, sobre cómo se regulan las nuevas formas de movilidad como los patinetes eléctricos, la DGT ha publicado una nueva "instrucción". Recuerda a todos que quien lleva un patinete es un conductor, sujeto a limitaciones y sanciones.

La DGT sigue sin haber sacado una normativa legal «formal» sobre varios aspectos de tráfico relacionados con las nuevas formas de movilidad. Los patinetes eléctricos llegaron hace bastante tiempo a las calles, pero la lentitud en legislar y la falta de Gobierno han retrasado ese nuevo Reglamento. Mientras tanto, la DGT ya publicó una primera «instrucción» dando recomendaciones a Ayuntamientos sobre cómo contemplar este tipo de vehículos, y acaba de lanzar otra.

Patinetes y policía

En esta nueva «instrucción» la DGT pretende, literalmente, «establecer criterios clarificadores para los usuarios, los ayuntamientos y los agentes de la autoridad hasta que se publique la regulación formal que lo recoja y que actualmente está en trámite«. Para ellos «era una petición que nos han realizado policías de tráfico, ante las situaciones que se están presentando en muchas ciudades y que inciden negativamente en la seguridad vial, en especial cuando afecta a los colectivos vulnerables«. La clave es que adelantan cómo será la futura normativa que está pendiente de aprobarse: consideran a los VMP (vehículos de movilidad personal) precisamente «vehículos» con propulsión eléctrica y velocidad máxima entre 6 y 25 km/h. No se les exige carné ni seguro, y no podrán quitar puntos al carné de un conductor que circule con uno e incumpla alguna norma.

Patinete con dos personas

Pero los usuarios de VMP son «conductores» y están sujetos a normas y son denunciables. Podrán someterse a pruebas de drogas o alcohol, y ser sancionados si superan la tasa equivalente a otros vehículos: multas pues de hasta 1.000 euros. Y se inmovilizaría el vehículo. También, multa de 200 euros si circulan usando un móvil, o usando auriculares para escuchar música (sí 200 euros). Si la ordenanza municipal obliga a usar un casco de protección (a falta de legislación estatal), quien no lo lleve tendrá multa de 200 euros. Circular por aceras o zonas peatonales, también serán 200 euros. Y si llevan pasajero, 100 euros. Circular de noche sin luces o prendas reflectantes es conducción negligente: 200 euros. Si quien comete la sanción es menor de 18 años, serán los padres o tutores quienes responderán. Por último, si alguien compra un «patinete» que pueda exceder las características previstas (velocidad máxima 25 km/h), o ha modificado uno para ello, y lo usa en vías públicas, la sanción será de 500 euros.

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