La DGT sigue sin haber sacado una normativa legal «formal» sobre varios aspectos de tráfico relacionados con las nuevas formas de movilidad. Los patinetes eléctricos llegaron hace bastante tiempo a las calles, pero la lentitud en legislar y la falta de Gobierno han retrasado ese nuevo Reglamento. Mientras tanto, la DGT ya publicó una primera «instrucción» dando recomendaciones a Ayuntamientos sobre cómo contemplar este tipo de vehículos, y acaba de lanzar otra.
En esta nueva «instrucción» la DGT pretende, literalmente, «establecer criterios clarificadores para los usuarios, los ayuntamientos y los agentes de la autoridad hasta que se publique la regulación formal que lo recoja y que actualmente está en trámite«. Para ellos «era una petición que nos han realizado policías de tráfico, ante las situaciones que se están presentando en muchas ciudades y que inciden negativamente en la seguridad vial, en especial cuando afecta a los colectivos vulnerables«. La clave es que adelantan cómo será la futura normativa que está pendiente de aprobarse: consideran a los VMP (vehículos de movilidad personal) precisamente «vehículos» con propulsión eléctrica y velocidad máxima entre 6 y 25 km/h. No se les exige carné ni seguro, y no podrán quitar puntos al carné de un conductor que circule con uno e incumpla alguna norma.
Pero los usuarios de VMP son «conductores» y están sujetos a normas y son denunciables. Podrán someterse a pruebas de drogas o alcohol, y ser sancionados si superan la tasa equivalente a otros vehículos: multas pues de hasta 1.000 euros. Y se inmovilizaría el vehículo. También, multa de 200 euros si circulan usando un móvil, o usando auriculares para escuchar música (sí 200 euros). Si la ordenanza municipal obliga a usar un casco de protección (a falta de legislación estatal), quien no lo lleve tendrá multa de 200 euros. Circular por aceras o zonas peatonales, también serán 200 euros. Y si llevan pasajero, 100 euros. Circular de noche sin luces o prendas reflectantes es conducción negligente: 200 euros. Si quien comete la sanción es menor de 18 años, serán los padres o tutores quienes responderán. Por último, si alguien compra un «patinete» que pueda exceder las características previstas (velocidad máxima 25 km/h), o ha modificado uno para ello, y lo usa en vías públicas, la sanción será de 500 euros.