¿Puedo conducir una moto limitada a 25 kW con el A2?


Cuando se implantó la limitación para el carné de conducir a 35 kW (48 cv) el primer país de la Unión Europea que lo puso en práctica fue España. Hasta su llegada al resto de Europa, el 19 de enero de 2013, se creó una situación en la que en el mercado convivían motocicletas limitadas por la antigua normativa y que no permitía conducir motos de más de 25 kW (34 cv) los dos primeros años, y las motos limitadas por el nuevo permiso a 35 kW.
Esto creó un pequeño vacío legal en España mediante el cual, todo usuario del carné A2 podía conducir tanto una moto limitada a 35 kW como a 25 kW dentro del territorio nacional, pues había diversidad de modelos y limitaciones. Sin embargo, en cuanto entró en vigor la normativa europea como comentábamos el 19 de enero de 2013, esta situación quedó regularizada de forma que dependiendo de la moto en cuestión, la limitación a 25 kW podría ser ilegal para un conductor con el carné A2.
Podemos pensar que es algo ilógico que si yo puedo conducir una moto con 48 cv, no pueda hacer lo mismo con una limitada a 34 cv, siendo la potencia inferior. Pero para comprenderlo debemos ceñirnos a qué es lo que dice la normativa respecto a las limitaciones del carné A2:
“El permiso de conducción de la clase A2 autoriza para conducir motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia.”
Por lo tanto, sólo se pueden limitar a 35 kW (48 cv) aquellas motos cuya potencia original no supere los 70 kW (96 cv), es decir, que se encuentre entre los 35,01 kW y los 70 kW. Si supera los 70 kW no se puede limitar, siendo siempre estos datos los homologados por el fabricante en ficha técnica.
De igual forma, un usuario del permiso A2 sólo podría conducir una moto limitada a 25 kW (34 cv) si esta deriva de una moto que como máximo tenga 50 kW (68 cv), y nunca de una que supere esta cifra.
¿Qué hago si encuentro una moto limitada a 25 kW?
Podemos encontrar muchas motos en esta situación y dependiendo de su potencia real antes de la limitación, disponemos de estas dos posibilidades:
- Motos que en ficha homologan entre 50,1 kW y 70 kW limitadas a 25 kW: podemos conducirlas con el permiso A2 siempre que se elimine la limitación a 25 kW y se instale una a 35 kW. Posteriormente se debe pasar la ITV para que conste en la ficha técnica.
- Motos que en ficha homologan más de 70 kW limitadas a 25 kW: no se pueden conducir con el permiso A2 en ningún caso. (ficha técnica de ejemplo)
¿Existen motos de menos de 50 kW que puedan llevarse limitadas a 25 kW legalmente a día de hoy? Sí, aunque son muy pocas. Los primeros modelos de la Suzuki SV 650, Ducati Monster 620 (2001), Honda CB500, etc. Pero algunos modelos vieron incrementada su potencia posteriormente por lo que la única forma de estar seguros es ver la ficha técnica de cada modelo y su potencia real.
¿Y qué hay de las motos limitadas de fábrica a 25 kW?
Durante unos años se vendieron en España motocicletas que venían de fábrica limitadas a 25 kW. La diferencia entre estas y las que se limitaban posteriormente en el concesionario es que en el primer caso, la potencia homologada era de 25 kW (ejemplo) mientras que las otras traían su potencia real en ficha y en el apartado de observaciones que habían sido limitadas a 25 kW (ejemplo).
Por lo tanto y según la normativa, estas motos sí se pueden llevar con el A2 de forma legal mientras mantenga la potencia de fábrica de 25 kW (no estamos hablando nunca de limitación en papeles). Algunos modelos que llegaron con esta potencia fueron la Honda CBR600RR, Honda CBR600F, Kawasaki ZX-6R, Kawasaki ZX-6R 636, Kawasaki Z750 o Ducati 749, por ejemplo.
“De igual forma, un usuario del permiso A2 sólo podría conducir una moto limitada a 25 kW (34 cv) si esta deriva de una moto que como máximo tenga 50 kW (68 cv), y nunca de una que supere esta cifra.”
La puedo llevar legalmente con el A2?
Estoy interesado en una CBR 600 RR del 2004 limitada a 25kw, en ficha y fisicamente. Puedo conducirla con el A2 sin ningun tipo de problemas?
(PD: el dueño tiene el A2 y nunca le han dicho nada)
Gracias.
La duda es que la moto no esta limitada fisicamente, pero en ficha técnica si a 25kw .
Esto me puede ocasionar algún problema?
Por parte del seguro o de las autoridades?