Ropa para el examen de moto: todo lo que debes saber
¿Qué equipamiento es obligatorio al examinarte?

Sin duda ha sido uno de los puntos más controvertidos y que más dudas ha generado en cuanto a la llegada de la reforma sobre el exámen del carnet de conducir. Hasta el momento el equipamiento era algo que podíamos considerar como secundario a la hora de examinarse y no porque pensemos que lo sea ¡ni mucho menos! Hablamos de cómo lo afrontaba la DGT y cómo algunos no miraban por su integridad física a la hora de examinarse al igual que tampoco lo hacen cuando circulan en moto una vez tienen la licencia. Siempre que uno se sube a la moto hay que tener claro que se puede bajar antes de tiempo y tomar todas las medidas que estén en nuestra mano para poder minimizar las consecuencias. Afortunadamente, a día de hoy el equipamiento de motorista tiene un gran nivel y, también, hay marcas más asequibles con buena relación calidad-precio para que el dinero no sea una excusa.
Hechas las presentaciones y reiterando nuestro compromiso con la seguridad pasiva, la que nos ayuda a minimizar las consecuencias de un accidente vamos a ver qué tenemos que llevar al examen práctico para el carnet de moto.
¿Qué tipo de casco puedo llevar al examen del carnet de moto?
En este sentido la norma es muy sencilla y se resume en: puedes llevar el casco de moto que tú quieras siempre y cuando este esté homologado. Es decir, puede ser un casco integral, modular, jet... pero que tenga la homologación pertinente. ¿Y cómo sabes si un casco está homologado? Pues siguiendo estos consejos que resumimos en un artículo específico que puedes ver aquí. Por cierto, apuntar que un casco homologado lo es con su pantalla y todos sus elementos por lo que si tu casco no tiene la pantalla con la que venía de serie es posible que tengas problemas, además de ir desprotegido en una zona tan importante como la de los ojos.

¿Qué guantes hay que llevar en el carnet de moto?
La normativa en este caso nos inidica que deben ser guantes concebidos y fabricados para usarlos para montar en motocicleta. Es decir, no puedes ir con unos guantes que te quiten el frío o unos de piel para hacer bricolaje. Deben ser de moto, aunque no es necesario que estén homologados.
¿Es obligatorio llevar botas?
Sí, pero con matices. Deben ser botas de cuero o material sintético similar que proteja suficientemente el tobillo. Es decir, no hace falta que sean botas de moto, pero sí que protejan el tobillo. Obviamente, si son de moto será mucho mejor puesto que nos protegerá mejor en general. Además estarán diseñados para montar en moto y tendrán zonas antideslizantes que también nos ayudará.
¿Los pantalones deben ser de moto?
Nos sucede lo mismo que en el caso de los guantes. Deben de ser concebidos y fabricados para moto, aunque con un añadido: deben llevar protecciones para las rodillas. No especifica el material del que debe estar hecho, por lo que pueden ser vaqueros, piel, cordura...

¿Hay que llevar una cazadora?
Sí, hay que llevar cazadora y como con los pantalones deben llevar protecciones específicas. En este caso habla de que deben ser en la espalda, los hombros y los codos. Hay que recordar que muchas cazadoras de motos no vienen con protección en la espalda de serie por lo que habría que añadírsela. También queda en el aire saber qué pasa si en lugar de optar por la protección en la chaqueta optamos por llevar una espaldera. Por cierto, en ningún caso habla del tipo de homologación de las protecciones.
¿El material debe ser en propiedad?
Definitivamente no habla de que el material de protección que empleemos deba ser nuestro y no cedido bien por la autoescuela o cualquier otra persona.
Para terminar, recogemos el párrafo exacto donde nos habla de las protecciones y equipamiento necesario y que recoge el Real Decreto 971/2020: "Asimismo, podrán verificar en cualquier momento que el aspirante dispone del equipo de protección adecuado que, en su caso proceda. Concretamente para los permisos de las categorías AM, A1 y A2 este equipo estará compuesto por: casco homologado; guantes; chaqueta y pantalones concebidos y fabricados para usarlos para montar en motocicleta, provistos de las correspondientes protecciones, al menos en espalda, hombros y codos para las chaquetas y rodillas en el caso de los pantalones; así como botas de cuero o material sintético similar que proteja suficientemente el tobillo. Podrá verificar también que el aspirante lleva las correcciones, prótesis o adaptaciones que correspondan, en caso de que fueran necesarias, y que estas son adecuadas”.