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Transferir una moto: ¿gestoría o tú mismo?

Perfecto, ya tienes tu moto, has llegado a un acuerdo con el vendedor y ahora estás preparado para disfrutarla, pero ¿está ya a tu nombre? Necesitas que los papeles estén a tu nombre y eso es algo que solamente se hace en las oficinas de Tráfico. ¿Lo puedes hacer tú o necesitas gestoría? Sigue leyendo y descubre las opciones.

Aunque no lo parezca o muchos lo pasen por alto, el hecho de transferir legalmente una moto es realmente importante. No vale solamente con un contrato de compra-venta y la fotocopia del DNI, hay que hacer las cosas bien y dar el parte correspondiente a la Dirección General de tráfico. Lo que conlleva tasas tanto de Tráfico como de Hacienda.

Antes de nada y muy importante, hay que hablar y llegar a un acuerdo con el vendedor sobre quién se hará cargo de las tasas y gastos de gestoría si los hubiera. Por norma general será el nuevo propietario, que además según la DGT es quien debe hacerlo, el que las pague, pero en ocasiones se llega a acuerdos.

Por cierto, antes de llevar a cabo la compra, aunque eso es algo de lo que nos ocuparemos en otro momento, es recomendable pedir un informe a Tráfico para asegurarnos que la moto en cuestión no tiene ningún tipo de carga pendiente (embargos, impuestos, multas…).

Con todo en orden toca decidir si se transfiere personalmente o se encarga a una gestoría. ¿La diferencia? El tiempo que uno va a emplear en encargarse del papeleo.

Gestoría

El proceso de gestoría es muy sencillo. Prácticamente todas las gestorías realizan el servicio de cambio de titularidad. Lo único necesario es entregar una copia del contrato, del permiso de circulación, otra de la tarjeta de inspección técnica y las fotocopias del DNI tanto del vendedor como del comprador. Eso es todo. A partir de ahí y tras el pago de los impuestos y la cuota correspondiente al intermediario, es cuestión de esperar a recibirlo.

Hazlo tú mismo

La gran diferencia con la gestoría, es que aquí te encargas de todo. El primer paso es pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620), que se hace en las delegaciones de Hacienda. En determinadas comunidades autónomas se puede hacer vía internet.

El segundo paso es acudir a cualquier Jefatura de Tráfico. Ojo, que hay que pedir cita previa.

Por último, en la Jefatura de Tráfico, hay que presentar todos los documentos anteriormente citados (contrato de compra venta, DNI comprador y vendedor, papeles de la moto) además de los formularios de Notificación de Venta y Cambio de Titularidad.

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